Por fin tenemos una resolución de Procurador del Común de CyL, emitida el 21 de Mayo y que va a condicionar la vida política del municipio en los proxímos años. Consta de 20 páginas por lo que no voy a trancribirlas en su totalidad. En este primer comentario solo destacaré algunos parrafos.
Página 6
" A la vista de lo informado, concluimos la concurrencia de irregularidades en la actuación de ese Ayuntamiento derivadas de un deficiente ejercicio de las competencias que le atibuye la normativa urbanística en lo que respecta al control del Urbanizador, responsable de la ejecución de las obras, en la medida en que más de cuarenta años después de la probación del Plan Parcial del denominado Complejo Urbanístico Residencial "Los Angeles de San Rafael" las obras de las tres primeras fases - correspondientes a suelo integramente perteneciente a ese término municipal - no han sido recibidas - entendemos que por las graves deficiencias apuntadas en el informe emitido por el Despacho de Abogados "Herrero & Hontoria" -, no constando que por parte de esa Administracción Municipal se hayan adoptado las perrogativas que la normativa pone a su alcance para garantizar la correcta ejecución de las obras; muy al contrario lo que hace esa Entidad Local es proceder a aprobar una revisión de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal con el objeto de clasificar como suelo urbano "de edificación directa" los terrenos ya consolidados para la edificación o con pocas posibilidades de reordenación, requerir nuevas condiciones de ordenación y de edificación para las zonas que disponiendo de cierta infraestructura, o están totalmente urbanizadas y de las que falta practicamente toda la edificación, clasificandolo como suelo "apto para urbanizar" el resto de terrenos."
Página 10
"....... la situación posterior generada por la aprobación con fecha 18.07.199 del proyecto de Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Espinar; cuyas Normas dejan sin efecto el Plan Parcial de referencia al establecer la siguiente clasificación y categorización del suelo de "Los Angeles de San Rafel"".
Página 13
"....., hemos de poner de manifiesto el problema que en el presente caso se plantea y no es otro que, pese a la condición de urbanos de los citados terrenos (nota: los clasificados como urbano directo) dado que cumplen los requisitos establecidos en los artículos 11 de la LUCyL y 23.1 del RUCyL para contar con tal clasificación, todos estos suelos en tanto en cuanto no se cedan los viarios al ayuntamiento no tendrían la condición de solares en la medida en que, a la vista de lo dispuesto en los artículos 22 de la LUCyL y 24 del RUCyL, pese a disponer de los servicios previstos en el apartado b) del citado artículo 24.1 del Reglamento, dichas parcelas, dada la titularidad privada de los viarios, no tendrían acceso por vía urbana que cumple una de las condiciones previstas en el apartado a) del mencionado artículo 24.1, esto es, que "esté abierta sobre terrenos de uso y dominio público", razón por la cual no se podrían conceder licencias de construcción de las citadas parcelas, en tanto en cuanto dichas vías no pasen a ser de domínio y uso público municipales"
Por tanto el Sr. Martín Montejo mintio cuando en el último pleno a una pregunta me contesto que todas las licencias que había dado durante su mandato eran legales. Desde la fecha de entrada en vigor del Reglamento de Urbanísmo de Cy L , es decir desde el 5 de Mayo de 2004, todas las licencias concecidas sobre suelo urbano directo en Los Angeles de San Rafael son ilegales, pues las parcelas no tiene acceso por vía pública de titularidad municipal.
jueves, 31 de mayo de 2007
lunes, 28 de mayo de 2007
LA ESPAÑA DEL LADRILLO:LOS ANGELES
Todos los vecinos del municipio habéis podido comprobar el destrozo medioambiental y paisajístico que supone la construcción el la montaña del Quintanar en la vertiente de Los Angeles de San Rafael. Este ha sido el caso más visible desde el exterior de los desarrollos urbanísticos que se han realizado en los últimos años en la citada urbanización.
Tras varios años en los que la actividad urbanística en la urbanización había estado ralentizada, en 1994 se discuten las Normas Subsidiarias para el municipio de El Espinar y, para que las empresas promotoras que actuan en Los Angeles y que son representadas por una única persona no se opongan a las mismas, el que era alcalde en dicha fecha (Sr. Olmos del PSOE) decide firmar un convenio urbanístico con estas. En el mismo, básicamente se acuerda que las citadas empresas paguen las cantidades que adeudan al Ayuntamiento (9 millones de pesetas) a cambio de que el ayuntamiento defienda en las nuevas normas urbanísticas las propuestas de las promotoras. Las citadas propuestas son básicamente que las zonas verdes establecidas en el Plan Parcial de la 2ª Fase de Los Angeles aprobado en 1974 y vigentes en dicha fecha pasen a ser consideradas urbanas y que en las fases pendientes de desarrollar se puedan realizar agregación de parcelas y su segregación posterior en muchas más pequeñas.
Estas propuestas recogidas en el convenio quedan recogidas en las Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas en 1995, siendo ya alcalde el Sr. Sanz Vitorio de el PP. Durante su mandato se producen los desarrollos establecidos en las citadas normas. En la zona conocida como El Paraíso en la 2ª fase (que estaba sin desarrollar) las parcelas urbanas junto con las zonas verdes y una zona dotacional destinada a una depuradora se agrupan en una única superficie que posteriormente se segrega, de esta forma donde se podían construir unas 140 viviendas se han construido 552. De igual forma en la unidad conocida como “El Repetidor” también de la 2ª fase (la ladera de la montaña que todos vemos) y mediante el mismo procedimiento de hacer urbanas las zonas verdes, agregar y segregar de unas 49 viviendas que se podían construir se están construyendo 185.
Una cuestión de gran relevancia es la no construcción de la depuradora a que obligaba el Plan Parcial de 1974 en la 2ª fase. Para dar solución a la depuración de las aguas residuales de las nuevas 800 viviendas se realiza un colector, sin licencia municipal, que conecta estas zonas con la antigua depuradora. Esta depuradora que no funciona casi nunca ya que el ayuntamiento ni ninguna otra institución realizan control de las aguas fecales emitidas por la misma. Y está solución aprobada de facto por el Ayuntamiento viene a agravar los problemas de suministro de agua potable. Me explico, el pantano de suministro de agua para la urbanización es el conocido como El Carrascal que retiene el agua mediante una presa de tierra (por encima de la cual se pasa actualmente al edificio del SPA), por tanto, las aguas que se recogen son tanto las de lluvia que corren por las calles de la urbanización como las procedentes de la depuradora, es decir el ciclo del agua es integro ya que las aguas residuales sirven de nuevo para el suministro.
En abril de 2004 se publico el Reglamento de Urbanismo de CyL, en la disposición transitoria octava indica que “En los sectores y demás ámbitos donde a la entrada en vigor en este Reglamento la urbanización ya esté ejecutada pero no haya sido recibida por el Ayuntamiento, o bien donde los terrenos destinado a vías públicas, espacios libres públicos y demás usos y servicios públicos no hayan sido aún cedidos al Ayuntamiento, debe cumplirse lo dispuesto en los artículos 206 y 207 de este Reglamento en el plazo de un año desde su entrada en vigor… Transcurrido dicho plazo y en tanto no se cumpla lo dispuesto en los citados artículos, el Ayuntamiento no podrá conceder ninguna licencia urbanística en el sector o ámbito afectado”
Como todos conocemos, el ayuntamiento no ha recepcionado la urbanización conforme a los artículos 206 y 207 por lo que desde el 5 de mayo de 2005 todas las licencias que ha venido concediendo el ayuntamiento vulneran el Reglamento y favorecen a unas empresas promotoras.
Durante estos últimos tres años se ha procedido a la construcción de estas viviendas y hemos tenido algunos vecinos conocimiento de estos hechos que nos parecían extraños, por lo que lo pusimos en conocimiento del actual alcalde Sr. Martin Montejo, mediante sucesivos escritos. Con los mismos pretendíamos que se realizasen los informes jurídicos y técnicos que permitiesen eliminar todas las dudas sobre la corrección de las licencias de obra y de nueva ocupación que se estaban concediendo. La actitud del ayuntamiento ha sido no responder a nuestros escritos y continuar con la concesión de licencias, con mayor celeridad si cabe.
Seguro que muchos conocéis parcelas dentro del casco urbano de El Espinar, San Rafael o La Estación donde el ayuntamiento no da licencia para construir porque no las considera urbanas, falta un trozo de calle, o alguno de los servicios básicos y exige un proyecto de urbanización. En Los Ángeles no hay ese problema el ayuntamiento ha considerado como urbano el suelo del Sector de “El Repetidor” (la ladera de la montaña de El Quintanar) aún cuando todos sabemos que aquello era una montaña sin calles, red de abastecimiento de agua, saneamiento, etc y ha dado licencias de construcción sin estar hechas dichas infraestructuras. A todo urbanizador se le exige un aval pero, de nuevo, en este caso se beneficia a un promotor y se le exime.
Lo descrito es solo una parte de las cosas extrañas que se han producido en Los Ángeles con la aprobación del ayuntamiento (en la mayoría de los casos por unanimidad de todos los grupos políticos) y que queremos poner en conocimiento de los vecinos al igual que hemos puesto en conocimiento de las autoridades judiciales (con los planos y documentos) por si pudiera haberse incurrido en algún delito.
Tras varios años en los que la actividad urbanística en la urbanización había estado ralentizada, en 1994 se discuten las Normas Subsidiarias para el municipio de El Espinar y, para que las empresas promotoras que actuan en Los Angeles y que son representadas por una única persona no se opongan a las mismas, el que era alcalde en dicha fecha (Sr. Olmos del PSOE) decide firmar un convenio urbanístico con estas. En el mismo, básicamente se acuerda que las citadas empresas paguen las cantidades que adeudan al Ayuntamiento (9 millones de pesetas) a cambio de que el ayuntamiento defienda en las nuevas normas urbanísticas las propuestas de las promotoras. Las citadas propuestas son básicamente que las zonas verdes establecidas en el Plan Parcial de la 2ª Fase de Los Angeles aprobado en 1974 y vigentes en dicha fecha pasen a ser consideradas urbanas y que en las fases pendientes de desarrollar se puedan realizar agregación de parcelas y su segregación posterior en muchas más pequeñas.
Estas propuestas recogidas en el convenio quedan recogidas en las Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas en 1995, siendo ya alcalde el Sr. Sanz Vitorio de el PP. Durante su mandato se producen los desarrollos establecidos en las citadas normas. En la zona conocida como El Paraíso en la 2ª fase (que estaba sin desarrollar) las parcelas urbanas junto con las zonas verdes y una zona dotacional destinada a una depuradora se agrupan en una única superficie que posteriormente se segrega, de esta forma donde se podían construir unas 140 viviendas se han construido 552. De igual forma en la unidad conocida como “El Repetidor” también de la 2ª fase (la ladera de la montaña que todos vemos) y mediante el mismo procedimiento de hacer urbanas las zonas verdes, agregar y segregar de unas 49 viviendas que se podían construir se están construyendo 185.
Una cuestión de gran relevancia es la no construcción de la depuradora a que obligaba el Plan Parcial de 1974 en la 2ª fase. Para dar solución a la depuración de las aguas residuales de las nuevas 800 viviendas se realiza un colector, sin licencia municipal, que conecta estas zonas con la antigua depuradora. Esta depuradora que no funciona casi nunca ya que el ayuntamiento ni ninguna otra institución realizan control de las aguas fecales emitidas por la misma. Y está solución aprobada de facto por el Ayuntamiento viene a agravar los problemas de suministro de agua potable. Me explico, el pantano de suministro de agua para la urbanización es el conocido como El Carrascal que retiene el agua mediante una presa de tierra (por encima de la cual se pasa actualmente al edificio del SPA), por tanto, las aguas que se recogen son tanto las de lluvia que corren por las calles de la urbanización como las procedentes de la depuradora, es decir el ciclo del agua es integro ya que las aguas residuales sirven de nuevo para el suministro.
En abril de 2004 se publico el Reglamento de Urbanismo de CyL, en la disposición transitoria octava indica que “En los sectores y demás ámbitos donde a la entrada en vigor en este Reglamento la urbanización ya esté ejecutada pero no haya sido recibida por el Ayuntamiento, o bien donde los terrenos destinado a vías públicas, espacios libres públicos y demás usos y servicios públicos no hayan sido aún cedidos al Ayuntamiento, debe cumplirse lo dispuesto en los artículos 206 y 207 de este Reglamento en el plazo de un año desde su entrada en vigor… Transcurrido dicho plazo y en tanto no se cumpla lo dispuesto en los citados artículos, el Ayuntamiento no podrá conceder ninguna licencia urbanística en el sector o ámbito afectado”
Como todos conocemos, el ayuntamiento no ha recepcionado la urbanización conforme a los artículos 206 y 207 por lo que desde el 5 de mayo de 2005 todas las licencias que ha venido concediendo el ayuntamiento vulneran el Reglamento y favorecen a unas empresas promotoras.
Durante estos últimos tres años se ha procedido a la construcción de estas viviendas y hemos tenido algunos vecinos conocimiento de estos hechos que nos parecían extraños, por lo que lo pusimos en conocimiento del actual alcalde Sr. Martin Montejo, mediante sucesivos escritos. Con los mismos pretendíamos que se realizasen los informes jurídicos y técnicos que permitiesen eliminar todas las dudas sobre la corrección de las licencias de obra y de nueva ocupación que se estaban concediendo. La actitud del ayuntamiento ha sido no responder a nuestros escritos y continuar con la concesión de licencias, con mayor celeridad si cabe.
Seguro que muchos conocéis parcelas dentro del casco urbano de El Espinar, San Rafael o La Estación donde el ayuntamiento no da licencia para construir porque no las considera urbanas, falta un trozo de calle, o alguno de los servicios básicos y exige un proyecto de urbanización. En Los Ángeles no hay ese problema el ayuntamiento ha considerado como urbano el suelo del Sector de “El Repetidor” (la ladera de la montaña de El Quintanar) aún cuando todos sabemos que aquello era una montaña sin calles, red de abastecimiento de agua, saneamiento, etc y ha dado licencias de construcción sin estar hechas dichas infraestructuras. A todo urbanizador se le exige un aval pero, de nuevo, en este caso se beneficia a un promotor y se le exime.
Lo descrito es solo una parte de las cosas extrañas que se han producido en Los Ángeles con la aprobación del ayuntamiento (en la mayoría de los casos por unanimidad de todos los grupos políticos) y que queremos poner en conocimiento de los vecinos al igual que hemos puesto en conocimiento de las autoridades judiciales (con los planos y documentos) por si pudiera haberse incurrido en algún delito.
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